La libertad de asociación se refiere al derecho de los trabajadores y empresarios a crear y afiliarse a organizaciones que los representen, como sindicatos y asociaciones de empresarios.
Los trabajadores deben ser libres de elegir cómo se les representa, y los empresarios no deben interferir en el proceso.
La negociación colectiva es el proceso de negociación entre sindicatos y empresarios relacionado con las condiciones laborales, las condiciones de empleo y otras cuestiones relacionadas con el trabajo, como las instalaciones sindicales, los procedimientos de resolución de conflictos y los mecanismos de cooperación, comunicación y consulta.
Indonesia ha ratificado los dos convenios fundamentales de la OIT que tienen por objeto proteger y promover los derechos de los trabajadores a la libertad sindical y la negociación colectiva: Convenio nº 87 de 1948 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (C87 ) y Convenio nº 98 de 1949 sobre la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva (C98).
REFERENCIAS LEGALES: