5.5. Permisos retribuidos

10 oct 2014

Las modalidades de vacaciones, como las vacaciones anuales, las bajas por enfermedad, los permisos personales, los permisos parentales, los permisos por antigüedad, los permisos para cumplir determinadas obligaciones y los permisos colectivos deben especificarse en los acuerdos de trabajo, los reglamentos de empresa o los convenios colectivos. Nota: El capítulo 8 sobre el tiempo de trabajo proporciona información sobre los tipos de permisos y sus requisitos.

REFERENCIAS LEGALES:

MANPOWER ACT NO. 13 OF 2003 ARTS. 79, 81-85, 93 [UU KETENAGAKERJAAN NO. 13 TAHUN 2003, PASAL 79, 81-82, 84-85, 93];
DECRETO DEL MOMT NO. KEP.51/MEN/IV/2004 [KEPUTUSAN MENAKERTRANS NO. KEP.51/MEN/IV/2004];

DECRETOS CONJUNTOS DEL MINISTRO DE ASUNTOS RELIGIOSOS, EL MINISTRO DE MANO DE OBRA Y TRANSMIGRACIÓN Y EL MINISTRO DE HABILITACIÓN DEL APARATO ESTATAL SOBRE DÍAS FESTIVOS NACIONALES Y PERMISOS COLECTIVOS:

5.5.1 Días festivos

Los trabajadores no están obligados a trabajar los días festivos. Deben cobrar aunque no trabajen. Todos los años se publica un Decreto Ministerial Conjunto de los días festivos oficiales. Los empresarios pueden obligar a los trabajadores a trabajar los días festivos si la naturaleza del trabajo exige que se realice de forma continuada, sólo si los trabajadores están de acuerdo con el trabajo en festivo.

REFERENCIAS LEGALES:

MANPOWER ACT NO. 13 OF 2003 ART. 85 [UU KETENAGAKERJAAN NO. 13 TAHUN 2003, PASAL 85];
DECRETOS CONJUNTOS DEL MINISTRO DE ASUNTOS RELIGIOSOS, EL MINISTRO DE MANO DE OBRA Y TRANSMIGRACIÓN Y EL MINISTRO DE HABILITACIÓN DEL APARATO ESTATAL SOBRE DÍAS FESTIVOS NACIONALES Y PERMISOS COLECTIVOS:

NO. 7 TAHUN 2011 ; NO. SKB.04/MEN/VII/2011 ; NO. SKB/03/M.PAN-RB/07/2011 (FOR 2012) [NO. 7 TAHUN 2011 / NO. SKB.04/MEN/VII/2011 / NO. SKB/03/M.PAN-RB/07/2011 (UNTUK TAHUN 2012);

5.5.2 Paros laborales

Las modalidades de pago durante los paros laborales pueden especificarse en los convenios laborales, los reglamentos de empresa o los convenios colectivos. Si los trabajadores están dispuestos a realizar el trabajo para el que han sido contratados, pero los empresarios no les proporcionan el trabajo debido a problemas u obstáculos que los empresarios deberían poder evitar, entonces los empresarios siguen estando obligados a pagar los salarios a los trabajadores.

REFERENCIA LEGAL:

LEY DE RECURSOS HUMANOS Nº 13 DE 2003, ART. 93(2)(f) [UU KETENAGAKERJAAN NO. 13 TAHUN 2003, PASAL 93(2)(f)].

Suscríbase a nuestro boletín

Manténgase al día de nuestras últimas noticias y publicaciones suscribiéndose a nuestro boletín periódico.