7.3. Protección de los trabajadores

11 oct 2014

Los empresarios deben proporcionar gratuitamente a los trabajadores equipos de protección individual (EPI) para protegerles de riesgos laborales como sustancias químicas, ruido, contaminación atmosférica, objetos afilados, procesos húmedos, lesiones oculares o quemaduras.

También deben formar a los trabajadores sobre cómo utilizar el EPI y colocar carteles que recuerden a los trabajadores su obligación de utilizarlo en el lugar de trabajo.

Los elementos de uso frecuente, incluidos materiales, herramientas e interruptores, deben estar al alcance de los trabajadores, de acuerdo con los principios ergonómicos.

Los trabajadores que deban permanecer sentados en su puesto de trabajo deberán disponer de asientos adaptados a su estatura, cómodos, que faciliten el movimiento y con respaldo. Los trabajadores que deban permanecer de pie en su puesto de trabajo deberán disponer de asientos para descansar cuando lo necesiten.

Los empresarios deben tomar medidas para evitar que los trabajadores levanten objetos pesados, por ejemplo, proporcionándoles carritos o carretillas.

Los empresarios deben asegurarse de que se instalen protectores en las partes móviles potencialmente peligrosas de las máquinas, por ejemplo, protectores de agujas, protectores de poleas y protectores oculares. Los cables eléctricos deben estar correctamente conectados a tierra y bien mantenidos.

Si los trabajadores creen que se enfrentan a un peligro inminente y grave para su vida o su salud, pueden negarse a trabajar, y no deben ser castigados por ello.

Ejemplo: Las alfombrillas de goma son útiles debajo de los cuadros eléctricos para proteger a los trabajadores de fugas de corriente y cortocircuitos.

Caso práctico: Los trabajadores de una unidad de limpieza de prendas utilizaban quitamanchas que contenían acetona y otros productos químicos peligrosos. Se les proporcionaron mascarillas, pero éstas estaban diseñadas para reducir la inhalación de polvo y, en su lugar, les pasaban por la cara sustancias químicas nocivas. El Comité de SST evaluó la situación y recomendó mejorar la ventilación para reducir el nivel de sustancias químicas en la zona de trabajo, sustituyó las mascarillas de los trabajadores por mascarillas respiratorias adecuadas equipadas con un filtro apropiado, y también proporcionó guantes y gafas de seguridad a los trabajadores.

REFERENCIAS LEGALES:

LEY DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Nº 1 DE 1970, ARTS. 3, 9, 12-14 [UU KESELAMATAN KERJA NO. 1 TAHUN 1970, PASAL 3, 9, 12-14];
LEY DE MANO DE OBRA Nº 13 DE 2003, ART. 86;
REGLAMENTO DEL MOMT SOBRE LOS REQUISITOS PARA INFORMAR SOBRE ENFERMEDADES RELACIONADAS CON EL TRABAJO NO. PER.01/MEN/1981, ARTS. 4(3), 5(2), 5(5) [PERATURAN MENAKERTRANS TENTANG KEWAJIBAN MELAPOR PENYAKIT AKIBAT KERJA NO. PER.01/MEN/1981, PASAL 4(3), 5(2), 5(5)];
REGLAMENTO DEL MOMT SOBRE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL NO. PER.08/MEN/VII/2010, ARTS. 2, 5 [PERATURAN MENAKERTRANS TENTANG ALAT PELINDUNG DIRI NO. PER.08/MEN/VII/2010, PASAL 2, 5].

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