7.8. Preparación para emergencias

11 oct 2014

La preparación para emergencias es la preparación para las situaciones de emergencia que puedan producirse en el lugar de trabajo.

7.8.1. Preparación para incendios

Los lugares de trabajo deben disponer de detectores de incendios y sistemas de alarma, así como de equipos de lucha contra incendios adecuados, incluidos extintores, mangueras contra incendios y sistemas de rociadores situados cerca de las posibles fuentes de incendio.

Los extintores deben colocarse a una distancia de 15 metros y deben revisarse cada 6 meses.

Los empresarios deben garantizar que tanto los trabajadores como las trabajadoras reciban formación sobre cómo utilizar los equipos de extinción de incendios y cómo combatirlos.

REFERENCIAS LEGALES:

LEY DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Nº 1 DE 1970, ARTS. 3, 9 [UU KESELAMATAN KERJA NO. 1 TAHUN 1970, PASAL. 3, 9];
DECRETO DE LA MADRE SOBRE LA UNIDAD DE LUCHA CONTRA INCENDIOS EN EL LUGAR DE TRABAJO NO. KEP.186/MEN/1999 [KEPUTUSAN MENAKERTRANS TENTANG UNIT PENANGGULANGAN KEBAKARAN DI TEMPAT KERJA NO. KEP.186/MEN/1999];
MOM REGULATION ON AUTOMATIC FIRE ALARM INSTALLATION NO. PER.02/MEN/1983 [PERATURAN MENAKERTRANS TENTANG iNSTALASI ALARM KEBAKARAN AUTOMATIK NO. PER.02/MEN/ 1983];
REGLAMENTO MOMT SOBRE LOS REQUISITOS PARA LA INSTALACIÓN Y EL MANTENIMIENTO DE EQUIPOS CONTRA INCENDIOS NO. PER.04/MEN/1980 [PERATURAN MENAKERTRANS TENTANG SYARAT-SYARAT PEMASANGAN DAN PEMELIHARAAN ALAT PEMADAM API RINGAN NO. PER.04/MEN/ 1980].

7.8.2. Evacuación

Los lugares de trabajo deben tener al menos dos salidas de emergencia, accesibles, sin obstáculos y desbloqueadas durante las horas de trabajo, así como durante las horas extraordinarias. Debe informarse a los trabajadores de una zona de reunión segura fuera de la fábrica en una situación de emergencia, de modo que pueda confirmarse fácilmente que todos los trabajadores han sido evacuados de forma segura.

REFERENCIAS LEGALES:

LEY DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Nº 1 DE 1970, ARTS. 3, 9 [UU KESELAMATAN KERJA NO. 1 TAHUN 1970, PASAL. 3, 9]
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS SOBRE LAS DIRECTRICES PARA LOS REQUISITOS TÉCNICOS DE LOS EDIFICIOS NO. 29/PRT/M/2006, APÉNDICE, SECCIÓN III.3.4(2)(c) [PERATURAN MENTERI PEKERJAAN UMUM TENTANG PEDOMAN PERSYARATAN TEKNIS BANGUNAN GEDUNG].

7.8.3. Notificación de incidentes

Todos los accidentes de trabajo, enfermedades, incendios, explosiones y otros sucesos peligrosos, incluidos los que ocurren en el lugar de trabajo y durante los desplazamientos hacia y desde el trabajo, deben comunicarse a los funcionarios locales designados por el Ministerio de Mano de Obra y Transmigración en las 48 horas siguientes a su ocurrencia.

REFERENCIAS LEGALES:

LEY DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Nº 1 DE 1970, ART. 11 [UU KESELAMATAN KERJA NO. 1 TAHUN 1970, PASAL 11];
REGLAMENTO DEL MOMT SOBRE LOS REQUISITOS PARA INFORMAR SOBRE ENFERMEDADES RELACIONADAS CON EL TRABAJO NO. PER.01/MEN/1981 [PERATURAN MENAKERTRANS TENTANG KEWAJIBAN MELAPOR PENYAKIT AKIBAT KERJA NO. PER.01/MEN/1981];
REGLAMENTO SOBRE PROCEDIMIENTOS DE NOTIFICACIÓN E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES NO. PER.03/MEN/1998, ARTS. 2-5 [PERATURAN MENAKER TENTANG TATA CARA PELAPORAN DAN PEMERIKSAAN KECELAKAAN NO. PER.03/MEN/1998, PASAL 2-5].

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