Cuando los empresarios proporcionen a los trabajadores alojamiento para pasar la noche, debe haber instalaciones adecuadas para cocinar y guardar la comida.
El empresario debe planificar las emergencias garantizando que los dormitorios tengan salidas de emergencia adecuadas, vías de evacuación bien señalizadas y sin obstáculos, y planes de salida de emergencia expuestos en el lugar de trabajo.
REFERENCIA LEGAL:
LEY DE MANO DE OBRA Nº 13 DE 2003, ART. 100 Y NOTA EXPLICATIVA