7.7. Alojamiento de los trabajadores

11 oct 2014

Cuando los empresarios proporcionen a los trabajadores alojamiento para pasar la noche, debe haber instalaciones adecuadas para cocinar y guardar la comida.

El empresario debe planificar las emergencias garantizando que los dormitorios tengan salidas de emergencia adecuadas, vías de evacuación bien señalizadas y sin obstáculos, y planes de salida de emergencia expuestos en el lugar de trabajo.

REFERENCIA LEGAL:

LEY DE MANO DE OBRA Nº 13 DE 2003, ART. 100 Y NOTA EXPLICATIVA

Suscríbase a nuestro boletín

Manténgase al día de nuestras últimas noticias y publicaciones suscribiéndose a nuestro boletín periódico.